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Nuevas Providencias del SENIAT avanzan a la simplificación y automatización de trámites

Caracas, 25 de octubre de 2026.- El Consejo Nacional del Comercio y los Servicios (Consecomercio), reconoció como un paso acertado a la simplificación, facilitación y automatización de la relación tributaria del Estado con el sector privado, lo contenido en la Providencia Administrativa número 2026-00093, publicado en la Gaceta Oficial N° 43.484, de fecha 21 de octubre de 2026.

Para Consecomercio esta nueva Providencia introduce la reforma más estructural en los métodos de facturación fiscal de Venezuela en las últimas décadas.

Destacó el gremio que el beneficio central para el sector empresarial y muy especialmente para comercio y servicios, es que levanta la condición de obligatoriedad del uso exclusivo de las máquinas fiscales, permitiendo la migración total hacia ecosistemas digitales privados y canales gratuitos provistos por el Estado, considerando que la medida representa una gestión administrativa eficiente.

La norma concede un plazo de 180 días continuos y su vigencia plena para el 19 de abril de 2027, fecha en la cual quedará completamente derogada la histórica Providencia Administrativa 2011-0071 y otras.

La Providencia 2011-0071 y las modificatorias, exigía a las empresas, comercios y prestadores de servicios, estar atados a adquirir dispositivos o máquinas fiscales y memorias de auditorías, cuyo valor superan los 1.000 dólares por equipo, sin contar el costo periódico de mantenimiento técnico e inspecciones obligatorias. 

Ahora, con la nueva normativa, las máquinas fiscales pasan a ser estrictamente opcionales. Aquellas empresas que posean equipos operativos pueden seguir usándolos; pero los nuevos comercios, sobre todo las pymes, los emprendimientos, se liberan de esta barrera regulatoria de entrada, permitiéndoles destinar este capital directamente a la productividad.

Asimismo, Consecomercio manifestó que la disposición permite la diversificación de medios de emisión de facturas. Anteriormente, se limitaba de manera estricta al uso de plataformas de software administrativo libre o de desarrollos propios, a menos que se acoplara a un costoso componente físico de transmisión de datos fiscales, software que debían ser previamente homologados por la Administración Tributaria, ahora se podrá optar por canales digitales gratuitos; un portal, un aplicativo que va a proveer el SENIAT y proveedores tecnológicos privados, desarrolladores del software privado, imprentas digitales autorizadas por el SENIAT, para la integración de los sistemas administrativos corporativos, mediante interfaces de programación directa con el ente fiscal.

El instrumento legal establece flexibilización ante posibles situaciones de contingencia por temas de electricidad o fallas en equipo. Anteriormente, ante cualquier inconveniente forzaban la paralización operativa o el uso rígido de talonarios preimpresos, cuyo control y transcripción posterior resultaba administrativamente engorroso y significaba horas hombres importantes para el negocio.

El sector terciario afirma que, en este nuevo instrumento legal, si bien los formatos físicos de contingencia siguen siendo de tenencia obligatoria en los establecimientos, la nueva normativa automatiza el cierre del ciclo. Una vez que se supera la contingencia energética o de conectividad, el comercio o la empresa que digitaliza esos documentos los envía en un archivo PDF consolidado o reporta la información directamente, a través de las plataformas que facilite el SENIAT, eliminando doble archivos manuales de largo plazo.

Aclara el gremio que la flexibilización opcional de las máquinas fiscales no reduce la supervisión fiscal, sino que las digitaliza. El sector privado, sobre todo el comercial y de servicios, debe prever obligaciones formales estrictas, identificación de exenciones, transmisión de datos inmediatos, componentes que se reafirman y que ahora van a estar enlazados a través de canales electrónicas.

El hecho de reunir en una sola disposición administrativas dispersas en distintas Providencias Administrativas para la emisión de documentos fiscales, constituye un avance para el análisis y el cumplimiento de la normativa, la facilitación de la interpretación y el cumplimiento.

Consecomercio agregó que considera pertinente que antes de entrar en vigencia esta Providencia, se analice la condición que pudieran tener aquellos comercios, prestadores de servicios, productores primarios o pequeñas empresas que están en zonas apartadas del país donde no llega todavía el servicio de internet, y darles una opción de incorporarse a la contribución de la manutención de las cargas públicas a través de un sistema que pueda diseñarse de manera remota o asíncrono.

De igual manera, el comercio y los servicios identifica aspectos positivos en la Providencia Administrativa 2026-0099, publicada en la Gaceta Oficial N° 43.485, que establece los nuevos criterios para calificar a los contribuyentes especiales. Destacan un avance importante en relación con la reclasificación o exclusión de muchos contribuyentes que, ni por los ingresos que percibían anualmente, ni por la organización administrativa, debían ser sujetos pasivos especiales o contribuyentes especiales.

El gremio considera que estas primeras acciones por parte del SENIAT contribuirán a dinamizar al sector y permitirán tener una relación más transparente entre el contribuyente y el administrador de la Hacienda pública, que en este caso es el Estado.

Consecomercio y prestadores de servicios afirman estar preparados para iniciar esta transición a la digitalización, a la formalidad y promoción de la cultura tributaria. El sector continuará impulsando una nueva arquitectura tributaria que promueva el crecimiento de la economía como fuente generadora de riqueza y bienestar social.

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